Reglamento 1223/2009 abarca la legislación relativa a las reivindicaciones de los productos cosméticos en la UE. Por su parte, el Reglamento 655/2013 se ocupa específicamente de las reivindicaciones de los productos cosméticos.
En este artículo, LasNormasISO.com explica qué alegaciones no están permitidas en la UE. También aprenderá a demostrar las reivindicaciones de su producto cosmético.
¿Cuál es la definición de la UE de producto cosmético?
Los productos que quieran venderse como productos cosméticos deben cumplir con la definición de producto cosmético en la UE.
Un producto cosmético es cualquier sustancia o mezcla destinada a ponerse en contacto con las partes externas del cuerpo humano:
- Sistema capilar
- Labios
- Epidermis
- Uñas
- Órganos genitales externos
- Dientes y mucosas de la cavidad bucal (productos que limpian, perfuman, protegen, cambian el aspecto, corrigen el olor corporal y mantienen las partes en buen estado)
Esta definición abarca los productos que previenen o tratan cualquier enfermedad del ser humano.
Los siguientes son ejemplos de tales palabras o frases que presentan una intención medicinal:
- Cura
- Cura
- Restaura
- Trata
- Despeja
- Evita
- Protege contra las enfermedades
- Refuerza el sistema inmunitario
- Ayuda a controlar los síntomas de
- Tradicionalmente utilizado para el tratamiento de
Un producto cosmético no debe afirmar que mata microbios o gérmenes. De lo contrario, entraría en la normativa sobre biocidas.
Declaraciones de productos cosméticos en el Reglamento 1223/2009
El reglamento establece que “en el etiquetado, la comercialización y la publicidad de los productos cosméticos, no se utilizarán textos, nombres, marcas, imágenes y signos figurativos o de otro tipo para dar a entender que estos productos tienen características o funciones que no tienen”.
Por lo tanto, es importante proteger a los consumidores de las afirmaciones engañosas sobre la eficacia y otras características de los productos cosméticos.
La UE publicó el Reglamento 655/2013, que recoge los criterios comunes para la justificación de las declaraciones utilizadas en los productos cosméticos.
Los criterios comunes solo se aplican a los productos evaluados y considerados como productos cosméticos.
Además, los criterios no pretenden ni especifican la redacción que puede utilizarse para las reivindicaciones de los productos cosméticos.
Entender el Reglamento 655/2013 de la UE
Según este reglamento, las reivindicaciones de los productos cosméticos deben ajustarse a los siguientes criterios comunes:
No se admitirán declaraciones que demuestren que el producto ha sido autorizado o aprobado por una autoridad competente de la Unión. Esto se debe a que un producto cosmético está permitido en el mercado de la Unión sin ninguna aprobación gubernamental.
Tenga en cuenta que los productos cosméticos no deben llevar el marcado CE.
Basar la aceptabilidad de una reivindicación en la percepción del usuario final medio de un producto cosmético. El usuario debe estar bien informado y ser razonablemente observador teniendo en cuenta factores sociales, lingüísticos y culturales.
Los fabricantes no pueden hacer alegaciones sobre un beneficio específico cuando este beneficio es el mero cumplimiento de unos requisitos legales mínimos.
Por ejemplo, la afirmación “Este producto no contiene cloruro de vinilo”.
Esta alegación no es válida, ya que la UE no permite el uso de cloruro de vinilo en productos cosméticos.
No base la presentación general de un producto cosmético o las declaraciones individuales en información irrelevante o falsa.
Por ejemplo, los productos que contienen parabenos no deben declarar “sin parabenos”.
El ingrediente debe estar presente intencionadamente para que el producto declare que contiene un ingrediente específico.
Además, las declaraciones de ingredientes sobre las propiedades de un ingrediente específico no deben denotar que el producto final tiene las mismas propiedades cuando no es así.
Por ejemplo, un producto no debe afirmar que tiene manteca de karité hidratante cuando el propio producto no tiene ningún efecto hidratante.
Las comunicaciones de marketing no deben inferir que las expresiones de opiniones son afirmaciones verificadas. Esto es así a menos que la opinión muestre una prueba verificable.
Las alegaciones implícitas y explícitas de los productos cosméticos deben estar respaldadas por pruebas probables y adecuadas. Esto es independiente de los tipos de apoyo probatorio utilizados para fundamentarlas, como las evaluaciones de expertos.
Del mismo modo, las pruebas suficientes y verificables deben respaldar las alegaciones sobre la extrapolación de las propiedades de los ingredientes. Por ejemplo, demostrando la presencia del ingrediente en una concentración efectiva.
En el caso de las pruebas basadas en estudios, éstas deben ser:
- Bien diseñados y con metodologías dirigidas
- Relevante para el producto cosmético
- Relevante para el beneficio reclamado
- Respetuoso con las consideraciones éticas
Además, el nivel de fundamentación de las pruebas debe ser coherente con el tipo de alegación que se hace; en particular, para las alegaciones en las que la falta de eficacia puede causar un problema de seguridad.
Mientras tanto, estos aspectos no necesitan fundamentación:
- Afirmaciones de carácter abstracto.
- Declaraciones de clara exageración (hipérbole).
El Fichero de Información del Producto (FIP) de un producto cosmético debe incluir cualquier apoyo probatorio.
Las presentaciones de las prestaciones de un producto no deben ir más allá de las pruebas disponibles.
Por ejemplo: Afirmar que más de un millón de usuarios prefieren el producto. Esto no es admisible si la cifra se basa únicamente en un millón de unidades.
Además, las reivindicaciones no deben atribuir al producto características únicas o específicas si productos similares poseen las mismas características.
Indique claramente si la acción de un producto está relacionada con condiciones específicas, como el uso en asociación con otros productos.
Por lo tanto, no olvide especificar si la eficacia de un champú depende de su uso con un acondicionador.
Las declaraciones de los productos cosméticos deben ser objetivas. Los reclamos no deben:
- Objetivo
- Ser degradable para los competidores
- Denigrar los ingredientes utilizados legalmente
- Confundir a los consumidores con el producto de un competidor
Los reclamos deben contener información clara y comprensible para ayudar a un usuario final medio a hacer una elección informada.
Las comunicaciones de marketing deben tener en cuenta la capacidad del público objetivo para comprender la información. Debe ser clara, comprensible, precisa y relevante.
Mejores prácticas para las pruebas de sustentación de reclamaciones según el Reglamento de la UE 655/2013
Las pruebas precisas y pertinentes deben demostrar que las reivindicaciones de un producto cosmético son ciertas.
Mejores prácticas para las pruebas de fundamentación de las reivindicaciones:
– Estudios experimentales
– Pruebas de percepción del consumidor
– Información publicada
– Publicaciones científicas
Los productores de productos cosméticos también deben tener en cuenta las recomendaciones y directrices adicionales de la Comisión Europea.
Por ejemplo, la Comisión Europea tiene una recomendación sobre el etiquetado y la justificación de las declaraciones de los productos de protección solar.
Cómo fundamentar las reivindicaciones de los productos en la UE
Ahora que ha comprendido las directrices y los requisitos relativos a las declaraciones de productos en la UE, no cometerá ningún error al especificar las declaraciones.
Además de seguir los criterios, los kits de herramientas y los blogs de LasNormasISO.com le ayudarán a asegurarse de que va por el buen camino para vender productos cosméticos en el mercado de la UE.
Haznos saber si te ha gustado el post. Sólo así podremos mejorar.